Los órganos del Sistema Estadístico y Cartográfico andaluz: Unidades Estadísticas y Cartográficas de las Consejerías
Las Unidades Estadísticas y Cartográficas son los órganos encargados de coordinar técnicamente la ejecución de las actividades estadísticas y cartográficas de las Consejerías y en sus agencias administrativas y demás entidades públicas dependientes de las mismas.
Su composición se determinará mediante Orden de la respectiva Consejería. Como ejemplo de unidades en una Consejería se muestran las existentes en la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.
Unidades estadísticas y cartográficas de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio
¿Cuáles son las funciones de estos órganos?
Las funciones específicas de estos órganos se recogen en el artículo 35 y la disposición adicional segunda de la Ley 4/1989 de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía (según la modificación introducida por la Ley 4/2011). Estas son:
- Proponer, coordinar técnicamente, evaluar y, en su caso, llevar a cabo la ejecución de las actividades estadísticas y cartográficas en el marco de los planes y programas estadísticos y cartográficos, de acuerdo con las directrices de la Comisión Estadística y Cartográfica de la Consejería.
- Elaborar la propuesta del calendario de difusión de actividades estadísticas y cartográficas, de acuerdo con las directrices de la Comisión Estadística y Cartográfica de la Consejería.
- Participar en el diseño y, en su caso, en la implantación de registros o ficheros de información administrativa que sean susceptibles de posterior tratamiento estadístico y cartográfico, velando de manera especial por la compatibilidad de las clasificaciones utilizadas en aquellos con las clasificaciones estadísticas y cartográficas de uso obligatorio, así como organizar la incorporación de información de origen administrativo a la actividad estadística y cartográfica, garantizando la eficiencia, la integridad de su contenido y el respeto al secreto estadístico.
- Canalizar los flujos de entrada y salida de información estadística y cartográfica, velando especialmente por la preservación del secreto estadístico.
- Cuantas otras actuaciones sean necesarias para la consolidación del Sistema Estadístico y Cartográfico de Andalucía bajo los principios de coordinación, eficacia, rigor técnico, economía y cumplimiento del Plan Estadístico y Cartográfico y programas estadísticos y cartográficos anuales, así como para facilitar una adecuada coordinación con el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía.