Estatuto de Autonomía para Andalucía
El Estatuto, en su artículo 76.3 expone que "corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva sobre estadística para fines de la Comunidad, la planificación estadística, la creación, la gestión y organización de un sistema estadístico propio. La Comunidad Autónoma de Andalucía participará y colaborará en la elaboración de estadísticas de alcance suprautonómico".
Ley de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía (Texto consolidado a 26-04-2007)
Modificación introducida por la Ley 4/2011, de 6 de junio (Disposición final sexta).
Ley 4/2007, de 4 de abril, por la que se modifica la Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y se aprueba el Plan Estadístico de Andalucía 2007-2010.
Ampliada la vigencia del Plan por Ley 11/2010, de 3 de diciembre, de medidas fiscales para la reducción del déficit público y para la sostenibilidad.
Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Esta Ley, en su título XVIII, recoge las tasas en materia de estadística y cartografía.
Ley de la Función Estadística Pública.
Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.