Población Activa
Son las personas de 16 o más
años que durante la semana de referencia suministran mano
de obra para la producción de bienes y servicios económicos
o que están disponibles y hacen gestiones para incorporarse
a dicha producción.
Población Ocupada
Son las personas de 16 o más años que han tenido un trabajo por cuenta ajena o ejercido una actividad por cuenta propia, pudiendo haber estado durante la semana de referencia:
- trabajando al menos una hora a cambio de cualquier tipo de remuneración,
- con empleo pero sin trabajar, es
decir, ausentes de su trabajo pero manteniendo un fuerte vínculo
con él (espera poder reincorporarse a su trabajo al término
de la contingencia que origina la ausencia).
Población Parada
Personas de 16 o más años
que durante la semana de referencia hayan estado sin trabajo,
en busca de trabajo o disponibles para trabajar.
Tasa de Actividad
Porcentaje de activos respecto de
la población de 16 y más años.
Tasa de Paro
Porcentaje de parados respecto de
la población activa.
Tasa de Empleo
Porcentaje de ocupados respecto de
la población activa.
Paro Registrado
Es el conjunto de demandas de empleo
no satisfechas, excepto las de los siguientes colectivos: pluriempleo,
trabajadores con empleo que buscan otro, jubilados, trabajadores
que buscan exclusivamente un empleo de características
específicas y trabajadores eventuales agrarios subsidiados.
Demandas de Empleo
Son las solicitudes de empleo presentadas
en las Oficinas de Empleo del I.N.E.M. durante el mes, por quienes
desean trabajar por cuenta ajena. El concepto incluye todas las
solicitudes de primer empleo, de trabajadores que han quedado
en paro, o de no parados.
Bajas de Demandas de Empleo
Son las demandas canceladas durante
el mes en los registros de las Oficinas de Empleo, ya sea por
colocación, por no renovación en los plazos establecidos
o por otras causas (renuncia no justificada a un puesto de trabajo
ofrecido, renuncia voluntaria a la solicitudes de empleo, modificaciones
de la situación del demandante que le excluya de los colectivos
que componen la población económicamente activa,
etc.).
Demandas de Empleo Pendientes
Son las demandas de empleo que se
mantienen registradas sin satisfacer el último día
del mes.
Ofertas de Empleo Gestionadas
Son los puestos de trabajo ofrecidos
en el mes por los empleadores en las Oficinas de Empleo del I.N.E.M.,
sin especificar el nombre de los trabajadores que han de ocuparlos.
Colocaciones Correspondientes a Ofertas Gestionadas
Son las bajas de ofertas de puestos
de trabajo, por haber sido cubiertas con trabajadores seleccionados
por los empleadores.
Ofertas de Empleo Comunicadas
Son la ofertas en las que el empleador
manifiesta previamente el nombre de los trabajadores que van a
ocuparlas. El número de colocaciones por oferta comunicada
coincide con el de oferta comunicada.
Convenios Colectivos
Se pueden distinguir entre 1os
convenios y otros convenios.
Primeros Convenios (Convenios Firmados)
Son los que se han negociado y firmado
para el periodo de efectos económicos de referencia de
la estadística, siendo éste el primer o único
año de vigencia.
Otros Convenios (Convenios Revisados)
Son aquéllos que se firmaron
en años anteriores, con vigencia superior al año,
y que son de aplicación durante el periodo de efectos económicos
al que se refiere la estadística.
Beneficiarios de Prestaciones Contributivas por Desempleo
Son los trabajadores desempleados
incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social
o en los regímenes especiales que protegen la contingencia
de desempleo, que al término del mes están percibiendo
las prestaciones básicas por desempleo.
Beneficiarios de Prestaciones Asistenciales Económicas
Son los desempleados que al término
del mes están percibiendo el subsidio o prestación
complementaria por desempleo.
Beneficiarios de Prestaciones Asistenciales Sanitarias
Son los trabajadores que al término
del mes son beneficiarios de las prestaciones médicofarmacéuticas.
Beneficiarios del Subsidio Agrario
Son los trabajadores eventuales agrarios
que al término del mes están percibiendo el subsidio
agrario establecido por R.D. 3237/83 de 28 de Diciembre, que entró
en vigor el 1 de Enero de 1984.
Pensiones
Son las prestaciones periódicas
vitalicias o de duración indeterminada. Excepcionalmente
también las de orfandad, limitadas en el tiempo, salvo
que el beneficiario esté incapacitado para todo trabajo
con anterioridad a la causación de la prestación.
Pensión Contributiva
Es aquélla en la que el beneficiario
ha cotizado el tiempo suficiente y cumple los requisitos establecidos
en cada caso.
Pensión No Contributiva
Es aquélla en la que el beneficiario
no ha cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar prestaciones
de nivel contributivo, por la realización de actividades
profesionales, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
residencia en territorio español e insuficiencia de recursos,
con carácter general, y la edad de sesenta y cinco años
para la pensión de jubilación, y ser mayor de dieciocho
y menor de sesenta y cinco años y un grado de minusvalía
igual o superior al 65 por 100, para la pensión de invalidez.
Incapacidad Parcial
La que ocasiona al trabajador una
disminución no inferior al 33 por 100 de su rendimiento
normal para su profesión habitual, sin impedirle la realización
de las tareas fundamentales de la misma.
Invalidez Grande
Es la situación del trabajador
que necesita la asistencia de otra persona para realizar los actos
más esenciales de la vida, sin que implique necesariamente,
la incapacidad permanente absoluta para toda clase de trabajo.
Incapacidad Total
Es la que inhabilita al trabajador
para la realización de todas o de las fundamentales tareas
de dicha profesión, siempre que pueda dedicarse a otra
distinta.
Incapacidad Absoluta
Es la que inhabilita por completo
al trabajador para toda profesión u oficio.
Clasificación Nacional
de Actividades Económicas (C.N.A.E.-93)
A. Agricultura, ganadería, caza y silvicultura.
B. Pesca.
C. Industrias extractivas.
D. Industrias manufactureras.
E. Producción y distribución de energía eléctrica, gas y agua.
F. Construcción.
G. Comercio; reparación de vehículos de motor, motocicletas, ciclomotores, artículos personales y de uso doméstico.
H. Hostelería.
I. Transporte, almacenamiento y comunicaciones.
J. Intermediación financiera.
K. Actividades inmobiliarias y de alquiler; servicios empresariales.
L. Administración Pública, Defensa y Seguridad Social obligatoria.
M. Educación.
N. Actividades sanitarias y veterinarias, servicios sociales.
O. Otras actividades sociales y de servicios prestados a la comunidad.
P. Hogares que emplean personal doméstico.
Q. Organismos extraterritoriales.